1.- Descripción del trámite paso a paso
Para acceder a la descripción del trámite paso a paso para emitir Boletas de Honorarios Electrónica, seleccione aquí. Para acceder a la descripción del trámite paso a paso para otorgar Boletas de Honorarios, en papel, seleccione aquí.
2. ¿A qué se refiere este trámite? Los contribuyentes con Inicio de Actividades de segunda categoría, profesionales, sociedad de profesionales y personas que desarrollen ocupaciones lucrativas, deben otorgar boletas de honorarios por los servicios que por su actividad generen. 3. ¿Quiénes deben realizar este trámite?Este trámite lo pueden realizar los contribuyentes con inicio de actividades en la Segunda Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta que estén autorizados por el SII para emitir este tipo de documentos, ya sea electrónicos o en papel. 4. ¿Cuándo se hace este trámite? Este trámite se hace en la medida que el contribuyente requiera emitir Boletas de Honorarios. 5. ¿Dónde se hace este trámite? Este trámite lo puede hacer: – Por internet, en el sitio web del SII, www.sii.cl, sección Boleta de Honorarios Electrónica, opción Emitir boletas, considerando las siguientes formas:
Esta opción permite emitir en línea estos documentos sin tener que mandar a hacer previamente talonarios a una imprenta, ni llenar y presentar formulario de timbraje en la Unidad del SII para su respectiva autorización. – Por papel, en este caso las puede emitir en el lugar que estime el contribuyente, en un talonario impreso para ello, timbrado por el SII. 6. Requisitos para efectuar el trámiteLos requisitos para emitir este tipo de documentos son los siguientes: A.- Por Internet:
B.- Por papel:
7. Observaciones Por Internet el sistema de emisión considera, además, las siguientes funcionalidades para facilitar la aplicación electrónica: 1.- El sistema de Boletas de Honorarios Electrónica, considera que el contribuyente puede autorizar a terceros la emisión de este tipo de documentos, lo que se puede hacer desde el sitio web del SII, sección Boletas de Honorarios Electrónicas, opción Autorizar o revocar a un usuario autorizado. El tercero autorizado debe contar con Clave Secreta para ingresar a las aplicaciones de la Oficina Virtual del SII. 2.- El contribuyente emisor tendrá la posibilidad de consultar las características de emisión, desde el sitio web del SII, sección Boletas de Honorarios Electrónica, opción Consultas sobre boletas, desde donde podrá efectuar las siguientes consultas:
3.- Un tercero, (cualquiera), que cuente con clave en el sitio web del SII, puede consultar la veracidad y autenticidad de una boleta a honorarios, a través de la opción:
En el caso de emisión por papel, las boletas deben cumplir con los siguientes requisitos:
Respecto a las sociedades de profesionales de segunda categoría que han optado por tributar por las normas de primera categoría, las boletas de honorarios deben ser emitidas por el monto total, sin retención, e indicar la siguiente leyenda “Sociedad de Profesionales sujeta a las normas de la Primera Categoría conforme al inciso 3° del N° 2, del artículo 42 de la Ley de la Renta”, ello para los efectos de evitar las retenciones de impuestos a que se refiere el artículo 74 N° 2 del mismo texto legal, las cuales pueden ser emitidas por Internet y en Papel. En la modalidad de emisión por papel, el contribuyente (emisor, receptor o tercero), no podrá realizar las consultas de boletas por internet. 8. Normativa relacionada al trámite – Decreto ley N° 830, sobre Código Tributario. – Resolución Exenta N° 83, de 2004, sobre emisión y uso de Boletas de Honorarios Electrónicas. – Resolución Ex. N° 1414, de 1978, sobre Boletas de Honorarios – Circular N° 21, de 1991, sobre rentas de profesionales y emisión de documentos. 9. Preguntas frecuentes del trámite Si desea mayor información, seleccione las preguntas frecuentes del trámite. 10. Formularios relacionados al trámite Al realizar los trámite en línea, a través de la Oficina Virtual del SII, el contribuyente no tiene que adquirir u obtener formularios en las oficinas del SII, ya que existen aplicaciones electrónicas para la emisión de las Boletas de Honorarios Electrónica. Para otorgar Boletas de Honorarios por papel, el contribuyente no tiene que adquirir u obtener formularios en las oficinas del SII, excepto para los trámites previos, como Inicio de Actividades y Timbraje de boletas. |
DESCRIPCIÓN PASO A PASO PARA LA EMISION DE BOLETAS DE HONORARIOS ELECTRONICA
|
Ingrese al sitio web del SII, www.sii.cl, sección Boleta de Honorario Electrónica, opción Emitir boletas |
Una vez que ingresa a la opción señalada, y elija la opción de emisión, deberá identificarse con su Rut y Clave Secreta |
Debe seleccionar la modalidad de emisión de la Boleta de Honorario Electrónica, con retención o sin retención.
El receptor de la boleta actuará reteniendo el 10% del total de los honorarios. El propio contribuyente emisor será quien se encargue del pago provisional mensual correspondiente al 10%. |
Complete los antecedentes requeridos para la emisión de la boleta de honorarios electrónica, tales como: Identificación del cliente, descripción del servicio y monto del honorario. Confirme emisión y verifique el borrador, si está de acuerdo emita la correspondiente boleta. |
Finalmente, aparecerá en pantalla la imagen de la boleta emitida. Imprima la boleta para entregarla a su cliente, además, si usted lo desea, después de imprimir puede seleccionar la opción Enviar Boleta por e-mail. |
Subir |
DESCRIPCIÓN PASO A PASO PARA OTORGAR DE BOLETAS DE HONORARIOS, EN PAPEL
|
Realice la Iniciación de Actividades por Internet o en la Oficina del SII que corresponda a su domicilio |
Una vez que obtenga la autorización, timbrelas boletas. |
Cuando emita la boleta, puede seleccionar entre dos opciones: con retención o sin retención. – El receptor de la boleta actuará reteniendo el 10% del total de los honorarios. – El propio contribuyente emisor será quien se encargue del pago provisional mensual correspondiente al 10%. |
Complete los antecedentes requeridos para la emisión de la boleta de honorarios, tales como: Identificación del cliente, descripción del servicio y monto del honorario y emita la correspondiente boleta. |
Una vez emitida la boleta entregue el original a su cliente |